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Punto de negociación: el uso de las mayúsculas (tercera parte)

También se debe usar mayúscula en forma obligatoria en los siguientes casos:
–    los nombres de los cometas: Halley;
–    los signos del Zodíaco: Cáncer;
–    los nombres de los trópicos y las palabras “Ecuador” y “Eclíptica”: trópico de Cáncer;
–    los puntos cardinales cuando se los emplea con sentido geográfico-político: orientado al Norte, rumbo al Oeste. Se escriben con minúscula cuando están modificados por un complemento preposicional o cuando aparecen en aposición especificativa: sector oeste, latitud norte, el sur de España, hemisferio sur;
–    los nombres de edades, épocas y acontecimientos históricos: Edad de Oro, Era Cristiana, Reforma, Revolución de Mayo, Romanticismo;
–    los nombres de guerras y de batallas: guerra de los Treinta Años, batalla de Lepanto;
–    “Imperio” cuando significa el conjunto de todos los territorios y países que pertenecen a un Estado: Imperio Romano, Imperio otomano;
–    “República” cuando constituye la denominación oficial de un Estado: República del Perú, República Oriental del Uruguay;
–    “Régimen” en denominaciones oficiales: Ley de Régimen Laboral, Régimen Académico, Régimen Previsional Público;
–    los títulos de colecciones bibliográficas: Colección Austral;
–    los pronombres divinos “Yo”, “Tú”, “Ti”, “Sí”, “Vos”, “Él”, “Ella”, referidos a Dios o a la Virgen;
–    las advocaciones de la Virgen: Nuestra Señora de Luján;
–    los nombres de las órdenes y de las congregaciones religiosas, las palabras “Orden” y “Congregación”: Congregación del Concilio, Orden Franciscana;
–    los nombres de fiestas religiosas: Año Nuevo, Navidad, Semana Santa;
–    los nombres de las calles: Avenida Callao;
–    los nombres de entidades o colectividades institucionales: Armada, Ejército, Estado, Gobierno, Iglesia, Judicatura, Marina, Reino, Universidad, Guardia Civil, Policía Nacional;
–    los nombres específicos de decretos y de leyes: Declaración Universal de los Derechos Humanos, Decreto 146/2001, Ley de Educación Nacional, Ley 25.413;
–    la palabra “Ley” cuando designa por antonomasia el conjunto de preceptos que Dios dio al pueblo de Israel, la Constitución u otras leyes específicas: Tablas de la Ley, Ley Fundamental;
–    los nombres de estilos artísticos cuando se refieren a una época determinada: estilo Luis XV, estilo Renacimiento;

(continúa)